Monday, November 27, 2006

Contra la pena de muerte - Angel Diaz

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Contra la pena de muerte.

PÚBLICO Índice AI: AMR 51/177/2006 24 de noviembre de 2006AU 317/06 Pena de muerte / preocupación jurídicaEE. UU. (Florida) Ángel Nieves Díaz, de 55 años de edadEstá previsto que Ángel Nieves Díaz sea ejecutado en Florida el 13 de diciembrede 2006. Fue condenado a muerte en 1986 por el asesinato, durante un robo, deJoseph Nagy, encargado de un bar, en Miami en 1979. Joseph Nagy era el encargado del bar Velvet Swing Lounge. Murió de un disparoel 29 de diciembre de 1979 cuando tres hombres robaron en el establecimiento. Nohubo testigos presenciales de los disparos. Ángel Díaz y Ángel Toro fueronacusados de asesinato en primer grado en 1984, pero el juicio se retrasó hastadiciembre de 1985. Para entonces, Ángel Toro se había declarado culpable deasesinato en segundo grado a cambio de una pena de cadena perpetua.Ángel Díaz, originario de Puerto Rico, estuvo representado por un abogado hastapoco después de la selección del jurado. Justo antes de la apertura de sujuicio, y contra el consejo de su abogado, decidió encargarse él mismo de sudefensa. El abogado informó al juez de que Ángel Díaz había "mostrado tendenciasbastante extrañas" en los días anteriores, con conductas como no responder a laspreguntas del abogado o dar respuestas irracionales. También dijo que, en las 24horas anteriores, Ángel Díaz había rechazado la estrategia de defensa que habíanelaborado en los meses anteriores.El juez interrogó al acusado sobre su decisión. Mediante un intérprete (suinglés era limitado), Ángel Díaz dijo que nunca había leído un libro y no tenía"ni idea" de cómo se llevaba a cabo un juicio en Florida o "qué cosas puedoalegar". El juez le dijo: "Puesto que no puede hablar inglés ante este tribunal,no conoce la ley, y no [concluyó sus estudios escolares], este Tribunal opinaque a usted le resultaría imposible actuar como abogado en su propia defensa".Ángel Díaz mantuvo su decisión y el juez resolvió que la había tomado de maneralibre e inteligente.El juez hizo que dos psiquiatras evaluaran a Díaz tras los procedimientos deese día para determinar si estaba capacitado para ser juzgado. Mientras tanto,el juicio dio comienzo: Díaz hizo su alegato de apertura y la fiscalía presentóa cinco testigos antes de que se dictara un receso para el resto del día. Losdos psiquiatras evaluaron a Ángel Díaz esa tarde. A la mañana siguiente secelebró una vista para determinar la capacidad del acusado, sin que estuvieranpresentes ni Ángel Díaz ni el abogado que le ayudaba. Las actas de esa vista secomponen de unas pocas frases. Uno de los psiquiatras dijo al juez: "Ángel Díazes apto. Pero me dijo que le gustaría tener alguna ayuda legal técnica para sudefensa". El juez dijo a continuación que tenía un informe del otro médico (queno estaba presente) que decía que Ángel Díaz estaba "muy capacitado". Después deeso se permitió que el juicio continuara.Las evaluaciones realizadas tras la condena por dos expertos en salud mentalconcluyeron que Ángel Díaz sufre ciertos trastornos mentales que contribuyeron asu decisión de representarse a sí mismo y minaron su capacidad para hacerlo deforma competente. El abogado que lo representó hasta la apertura del juiciofirmó una declaración jurada en la que decía: "No creo que Ángel Díaz estuvieracapacitado para representarse a sí mismo. A consecuencia de ello, hizo preguntasque no debería haber hecho y no pudo protestar a ciertas preguntas y pruebasdespués de que yo le aconsejé, a través del intérprete, que lo hiciera. No creoque comprendiera adecuadamente el sistema judicial y la forma de realizarse eljuicio, a causa de las diferencias culturales y las barreras lingüísticas, entreotras razones".Durante el juicio, Ángel Díaz fue obligado a permanecer con grilletes. Durantela selección del jurado, su abogado había protestado contra esta medida, pero eljuez respondió que Díaz podía cubrirse los grilletes con los pantalones o elabogado podía colocar su maletín delante de las piernas del acusado. Sinembargo, una vez que Ángel Díaz empezó a representarse a sí mismo los grilletesquedaron a la vista del jurado, lo que plantea dudas sobre su efecto perjudicialrespecto a la presunción de inocencia. Además, se ha demostrado que la aparentepeligrosidad de un acusado es un factor sumamente agravante a los ojos de losjurados de casos de pena capital que deciden entre condenas de muerte o decadena perpetua.La ex novia de Ángel Díaz testificó que, la noche del delito, éste le habíadicho que Ángel Toro había disparado contra un hombre durante el robo. Eltestimonio de otras dos personas, que estaban en el bar en el momento del robo,indicaba que Ángel Díaz no había sido el autor de los disparos. Sin embargo, uninformador encarcelado declaró que, mientras estaban en la misma celda, ÁngelDíaz había indicado que había disparado a Joseph Nagy. El testimonio de estetipo de informadores es notoriamente poco fiable. La Comisión sobre PenaCapital, establecida por el gobernador de Illinois tras dictar una suspensión delas ejecuciones en el año 2000, examinó la cuestión de estos testimonios y, ensu informe de abril de 2002, concluyó que, incluso con las salvaguardias másestrictas, "la posibilidad de que se presenten testimonios de fiabilidad dudosasigue siendo elevada, y no es aconsejable imponer una condena de muerte en talescasos".El jurado se retiró a deliberar sobre la cuestión de la culpabilidad. Durantesus deliberaciones, pidieron copias del testimonio de la ex novia y elinformador encarcelado, pero el juez se negó a proporcionárselas, y dioinstrucciones de que el jurado se basara en su recuerdo de lo que los testigoshabían dicho. El jurado emitió un veredicto de culpabilidad.La vista de determinación de la pena se celebró dos semanas después. Al inicio,pese a pedir representarse a sí mismo, Ángel Díaz admitió ante el tribunal queno estaba capacitado para hacerlo adecuadamente. El tribunal entonces nombrócomo representante durante esa fase del proceso al abogado que ayudaba alacusado. Ángel Díaz se negó a permitir que el abogado interrogara a los primerostestigos de la acusación. El abogado alegó como atenuante que Díaz sólo habíasido cómplice del delito, pero no presentó ningún nuevo testimonio a esterespecto. El jurado recomendó una condena de muerte por ocho votos contracuatro.En los procedimientos posteriores a la condena se han presentado pruebas ytestimonios, no presentados durante el juicio, sobre la infancia de abusos yproblemas mentales de Ángel Díaz, y sobre su adicción a las drogas desde los 16años. También se ha argumentado que la acusación no desveló los indicios de quehabía sido Ángel Toro quien había disparado a Joseph Nagy. En un memorándumfechado el 6 de febrero de 1984, el fiscal escribió: "En algún momento, los tressujetos sacaron armas y anunciaron que se trataba de un robo. Se realizarondisparos. Al parecer, el acusado Toro agarró a Gina Fredericks por el cuello yla llevó de vuelta hacia la oficina, donde se encontraba la caja fuerte. Pareceser que la víctima Nagy salió de la oficina en ese momento. El acusado Torodisparó contra Nagy una vez en el pecho, causándole la muerte".Un estudio realizado recientemente bajo los auspicios del Proyecto deAplicación de la Suspensión de la Pena de Muerte, del Colegio Estadounidense deAbogados, identificó serios problemas en el sistema de aplicación de la penacapital en Florida, entre ellos el elevado índice de personas excarceladas del"corredor de la muerte" tras demostrarse su inocencia (22 desde 1973), laexistencia continuada de disparidades raciales y geográficas, el hecho de que nose requiere unanimidad en el jurado para imponer la pena y el hecho de que no seda peso suficiente a los efectos atenuantes de la discapacidad mental grave. ACCIONES RECOMENDADAS: Envíen sus llamamientos para que lleguen lo antesposible, en inglés o en su propio idioma:- manifestando su apoyo a la familia de Joseph Nagy, asesinado en 1979, yexplicando que no pretenden restar importancia a la gravedad de este crimen nidel sufrimiento que ha causado;- oponiéndose a la ejecución de Ángel Nieves Díaz, e indicando todas las señalesque ponen en duda su capacidad para ser juzgado y para representarse a sí mismo;- señalando la disparidad de las condenas en este caso, en el que un acusado harecibido una pena de cadena perpetua y el otro una condena de muerte, pese a lostestimonios contradictorios sobre quién fue el autor de los disparos; expresandoademás preocupación por el uso contra Ángel Díaz del testimonio de un informadorencarcelado, un tipo de testimonio notoriamente poco fiable;- señalando que cuatro de los miembros del jurado no votaron a favor de la penade muerte;- señalando que una reciente investigación ha detectado serios problemas en elsistema de aplicación de la pena capital en Florida, entre ellos la existenciade disparidades geográficas y raciales y el hecho de que no se requiereunanimidad en el jurado para imponer la pena;- pidiendo al gobernador que intervenga para detener esta ejecución.LLAMAMIENTOS A:Gobernador de FloridaGovernor Jeb Bush, The Capitol, 400 South Monroe Street, Tallahassee, FL 32399,EE. UU.Correo-E.: jeb.bush@myflorida.comFax: +1 850 487 0801Tratamiento: Dear Governor / Sr. GobernadorCOPIA A: la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país.(EMBAJADA DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA)C/ Serrano, 75 28006 - MADRIDTeléfono: 91 587 22 00 Fax: 91 587 23 03www.embusa.esamemb@embusa.esENVÍEN SUS LLAMAMIENTOS INMEDIATAMENTE.fuente:Amnistía internacional.
27/11/2006 20:23.

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